Alerta deudas: rige el "Cobro con Transferencia" para frenar la morosidad récord en Mendoza

La tasa de irregularidad en los préstamos personales y saldos de tarjetas roza el 12,8%, afectando a millones de personas.
Opinión 03/09/2026 Por Gisela Hembert
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Gisela Hembert - Abogada

La morosidad crediticia en Mendoza alcanzó niveles críticos, impulsada por un contexto económico donde casi 8 de cada 10 mendocinos pidieron dinero prestado principalmente para pagar gastos corrientes y llegar a fin de mes. Según estimaciones del sector basadas en informes del Banco Ctral de la Rep. Argentina, la tasa de irregularidad en los préstamos personales y saldos de tarjetas roza el 12,8%, afectando a millones de personas.

Para facilitar la cobrabilidad de los acreedores, el BCRA implementó la Comunicación "A" 8406, dando nacimiento al sistema de Cobro con Transferencia (CCT) o "Cobros Positivos".

Esta medida, que entró en vigencia el lunes 31 de agosto de 2026, permite a los bancos y billeteras virtuales (como Mercado Pago) debitar automáticamente cuotas de préstamos impagos directamente de las cuentas de los usuarios. Sin embargo, la normativa fija reglas estrictas y topes para evitar abusos. (Esta circular técnica, emitida originalmente el 2 de marzo de 2026 y con entrada en vigencia obligatoria pactada para este lunes 31 de agosto de 2026, es el documento oficial que crea el mecanismo de Cobro con Transferencia (CCT).)

deudas morosidad
Foto: Imagen Ilustrativa


¿Cómo funciona el nuevo sistema y cuáles son los límites?

El mecanismo debe cumplir con condiciones específicas que el usuario y las entidades financieras deben cumplir de forma obligatoria:

  • Autorización expresa: El banco o la Fintech (empresa que utiliza la tecnología para ofrecer servicios financieros de forma 100% digital, ágil y eficiente), necesita el consentimiento explícito, previo y por única vez por parte del cliente para habilitar esta modalidad.

  • El tope del 30%: El monto máximo de la cuota a debitar no puede superar el 30% de los ingresos declarados por el usuario al momento de solicitar el financiamiento.

  • Aviso previo de 24 horas: La entidad acreedora tiene la obligación de notificar al usuario con un día hábil de anticipación que se procederá a realizar el débito en su cuenta.

  • Límite de intentos por periodo: Solo se permite un intento inicial el día del vencimiento y un máximo de dos reintentos obligatorios (a las 48 y a las 96 horas). Si en esas tres instancias no hay fondos, no se puede continuar ejecutando débitos automáticos en ese periodo.

  • Restricción de origen: El débito solo aplicará a la cuenta donde originalmente se depositó o acreditó el dinero del préstamo. Las entidades financieras no pueden rastrear de forma cruzada saldos en cuentas de la competencia.


La herramienta está diseñada específicamente para la devolución de préstamos personales e impagos de créditos digitales otorgados por bancos y Proveedores No Financieros de Crédito (billeteras virtuales y Fintech). Aplica de forma inmediata desde el primer día de atraso posterior al vencimiento.

Paso a paso para dar de baja el débito automático

Si diste tu consentimiento para el Cobro con Transferencia (CCT) pero querés dar marcha atrás para administrar tus fondos de otra manera, la normativa del BCRA te garantiza el derecho de revocación gratuito, simple y rápido:

  1. Ingresá a la aplicación o Home Banking: Iniciá sesión en la plataforma del banco o billetera virtual donde tenés radicada tu cuenta y tus ingresos.

  2. Buscá la sección de Débitos o Transferencias: Dirigite al menú de configuración o perfil, y seleccioná el apartado de "Débitos Automáticos", "Débito Directo" o "Autorizaciones de Cobro".

  3. Seleccioná el servicio o crédito: En la lista de entidades autorizadas, buscá el nombre del banco, la financiera o la fintech a la que le habías otorgado el permiso para cobrar la cuota.

  4. Solicitá la baja ("Stop Debit"): Hacé clic en la opción de "Dar de baja", "Revocar autorización" o "Stop Debit". La plataforma te pedirá confirmar la acción.

  5. Plazo de anticipación: Para que el freno sea efectivo en el mes en curso, debés realizar este trámite al menos 24 o 48 horas hábiles antes de la fecha de vencimiento de la cuota.

  6. Guardá el comprobante: La aplicación te emitirá un número de trámite o constancia digital de la revocación. Guardala como respaldo.


Frenar el descuento automático del dinero de tu cuenta, no elimina tu deuda. La obligación legal de pagar el préstamo sigue vigente, por lo que deberás buscar otra vía alternativa de regularización o herramientas legales como:

  • El descargo por escrito y la solicitud de liquidación: El deudor tiene derecho a exigir por escrito un detalle claro, transparente y desagregado de la deuda (cuánto es capital original, cuánto son intereses corrientes y qué tasa están cobrando) para evitar que los estudios inflen los montos con gastos ilegales de gestión.

  • Propuesta de Plan de Pagos (Instancia Extrajudicial): El usuario puede presentarse ante la entidad financiera y plantear un plan de cuotas acorde a sus ingresos reales actuales. Lograr un acuerdo extrajudicial firmado frena cualquier intento de acción ejecutiva.

  • Conciliación obligatoria en Defensa el Consumidor: Al ingresar un reclamo formal ante el organismo provincial, se fija una audiencia de conciliación obligatoria a fin de llegar a un acuerdo entre las partes más flexible

Qué hacer ante el hostigamiento o acoso de los estudios de cobranza

El aumento de la morosidad disparó de forma paralela las quejas por cobranzas agresivas y hostigamiento telefónico en Mendoza. Estudios jurídicos y agencias de cobro contratan "call centers" automatizados que bombardean con llamadas a deudores, pero también a sus entornos.

El Artículo 8 bis de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor prohíbe explícitamente conductas que coloquen al usuario en situaciones "vergonzantes, vejatorias o intimidatorias". En la práctica, esto significa que las agencias de cobranza tienen prohibido: (En 2008 y con la promulgación de la Ley nacional 26361, quedó incorporado al texto de la Ley de Defensa del Consumidor (24240) el artículo 8 bis, que estableció el concepto de “trato digno” como obligación para los proveedores de bienes (productos) y servicios.)

  • Llamar a familiares, vecinos o jefes de trabajo para ventilar la existencia de una de una deuda ajena. El único que debe ser contactado es el titular.

  • Enviar notificaciones que simulen ser órdenes de embargo o demandas judiciales falsas por WhatsApp o correo común. El embargo solo lo puede dictar un juez mediante un proceso legal real.

  • Llamar de forma insistente o fuera de horarios comerciales (madrugadas o fines de semana) alterando la paz del hogar.


¿Cómo actuar ante esta situación?

Te aconsejo que documentes y recopiles toda la información, guardar capturas de pantallas de mensajes, registrar números de teléfonos, días y horarios de llamadas, para poder radicar la denuncia formal en Defensa al Consumidor y exigir sanciones y multas contra las empresas.

Recomendaciones finales: siempre es importante contar con el asesoramiento de un profesional si los pasos básicos que se indican no logran su cometido. Si bien los trámites en defensa al consumidor son de acceso gratuito (no requiere abogado/a), si la deuda es abultada, te recomiendo el acompañamiento técnico para revisar tasas de interés aplicables, revisar liquidaciones y verificar si corresponde el cobro o no de la deuda.

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