Uruguay legaliza la eutanasia como derecho a "transcurrir dignamente el proceso de morir”

Según Borbonet " que el paciente elija la eutanasia o no, es una muerte digna"

Mundo16/10/2025 Click Redacción
Feliz Nochebuena (46)

La Cámara alta convirtió en ley el proyecto “Muerte Digna”, impulsado por el partido de izquierda en el gobierno, Frente Amplio, que ya había logrado media sanción en la Cámara de Diputados el pasado agosto. 

El Senado aprobó la norma con 20 votos a favor de un total de 31 parlamentarios presentes y con esta decisión, Uruguay se convierte en el primer país de América Latina en permitir este tipo de prácticas mediante Ley. 

En relación a la implementación de la eutanasia, Uruguay,  se suma a una lista reducida  de países que lo han aprobado, como son:  Canadá, Holanda, Nueva Zelanda y España. 


La iniciativa, despenaliza la muerte asistida bajo el cumplimiento de estrictas condiciones. Para solicitar el procedimiento, el paciente debe ser mayor de edad, ciudadano o residente, y estar psíquicamente apto. Además, la persona debe encontrarse en una etapa terminal de una patología incurable o que le provoque sufrimientos insoportables, con un grave deterioro de la calidad de vida. 

El proyecto establece un riguroso proceso de revisión médica para aceptar la solicitud:
    1. Solicitud y revisión primaria: el médico al que se le solicita el procedimiento tiene la potestad de rechazar el pedido. Si el médico acepta, debe someter el caso a la consideración de un segundo médico.
    2. Confirmación: el segundo médico debe tener acceso al historial clínico y mantener una consulta presencial con el solicitante. Si este confirma la opinión del primero, el procedimiento puede avanzar.
    3. Junta Médica (en caso de rechazo): si el primer médico rechaza el pedido, el paciente puede hacer una nueva solicitud a otro profesional. En caso de que este también se niegue, se deberá convocar a una junta médica integrada por tres médicos: un psiquiatra, un especialista en la patología del paciente y un tercero a definir en la reglamentación de la ley.
    4. Voluntad y retractación: el paciente debe pasar por varias instancias previas antes de dejar su voluntad por escrito y frente a testigos. Crucialmente, el paciente puede arrepentirse en cualquier instancia del procedimiento.

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