El matafuego: una exigencia clave a la hora de circular

Sancionan y multan a conductores que no lo portan en condiciones.
Sociedad09/01/2026 Click Sociedad
Feliz Nochebuena - 2026-01-09T103022.314

Comenzó enero y muchas familias argentinas programan sus vacaciones dentro y fuera de la provincia. Para ello eligen circular en movilidad propia para de ser necesario “ir parando en el trayecto” y disfrutar el trance. Pero mucho desconocen o pasan por alto una serie de exigencias claves a la hora de conducir, los elementos de seguridad, sin los cuales está prohibido salir a la calle, o dicho de otro modo, son indispensables para evitar sanciones y multas. 

La Ley Nacional de Tránsito en Argentina fija una serie de exigencias para circular sin sanciones, y ahora los controles serán más estrictos. Entre las condiciones están, además de la Verificación Técnica Vehicular, los elementos de auxilio y un kit emergencia, entre los que figura: el matafuego.

Según la Ley de Tránsito 24.449 todos los automóviles deben portar matafuego cargado, portátil y de polvo ABC de un kilo, que será utilizado para apagar posibles incendios o asistir a otros conductores ante la presencia de un accidente. Además, debe ser fabricado, mantenido y controlado periódicamente conforme a las especificaciones de las normas IRAM,  Instituto Argentino de Normalización y Certificación.

Algunas cuestiones a tener en cuenta con respecto al matafuego:

-Controlarlo regularmente, éstos duran 20 años, pero deben cumplir un control anual, aunque el manómetro marque que tiene carga y presión.
-Colocarlo al alcance del conductor y con sistema de seguridad. Debe estar, en lo posible, debajo del asiento del acompañante y asegurado.  Además, debe estar ajustado para que ante un choque no se mueva.
- También se recomienda controlar su vigencia.

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