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Se trata de la actualización de la Ley 7499, la normativa que regula los Certificados de Medidas de Protección Aptas Contra Incendios (Ce.Me.P.A.C.I.).
Mendoza03/12/2025 Click Redacción
La iniciativa impulsada por el Ejecutivo Provincial obtuvo la media sanción en la Cámara de Senadores durante la sesión de este martes, la propuesta quedó en condiciones de ser remitida a la Cámara de Diputados para su revisión. Propone que la Direccion de Bomberos mantendrá la intervención en edificios e inmuebles públicos y semipúblicos, así como en habilitaciones mayores a 450 metros cuadrados, mientras que los municipios con capacidad técnica y profesionales idóneos podrán emitir certificados en habilitaciones privadas que no superen esa superficie. Indicó además que los municipios que no cuenten con áreas técnicas continuarán siendo asistidos por Bomberos.
El senador Walther Marcolini, presidente de la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, destacó que la reforma actualiza una ley sancionada en 2006, que quedó desfasada por el crecimiento en la cantidad de certificados solicitados, la evolución técnica de los municipios y las nuevas demandas de seguridad. Señaló que hasta ahora la tramitación fue materia exclusiva de la Dirección de Bomberos, pero que la modificación busca agilizar procesos, modernizar la normativa y otorgar reglas claras al sector privado.
Marcolini agregó que la propuesta consolida un esquema de especialización y descentralización. Señaló que el nuevo artículo 3 establece la exclusividad de la Dirección de Bomberos en actividades industriales, comerciales, sociales o recreativas cuando corresponda, mientras que los artículos 14 bis y 14 ter incorporan explícitamente las competencias municipales para aprobar proyectos, verificaciones, auditorías y certificaciones dentro de su territorio, siempre que dispongan de áreas específicas y profesionales idóneos.
Sostuvo también que Bomberos deberá intervenir cuando exista riesgo relevante para la vida, la salud pública o el ambiente, o cuando los casos no estén previstos por la normativa municipal, provincial o nacional.
Marcolini valoró que "la reforma facilita la tarea del sector privado sin perder rigor técnico y reconoce la autonomía municipal en los departamentos que sí cuentan con capacidad operativa para asumir el trámite". Recordó que la comisión recibió al Consejo Profesional de Ingenieros y a representantes municipales, quienes manifestaron la necesidad de avanzar en esta actualización, y que se incorporaron ajustes a partir de esos aportes.
El proyecto plantea un modelo de trabajo más ágil al redefinir competencias entre la Dirección de Bomberos de la Policía de Mendoza y los municipios. La actualización preserva como función exclusiva de Bomberos la emisión del certificado en edificios públicos, espacios vinculados a servicios esenciales y en aquellos inmuebles pertenecientes a jurisdicciones sin áreas técnicas municipales especializadas. También mantiene su rol de peritaje e intervención en caso de siniestros.
Uno de los puntos centrales es la descentralización del trámite. Los municipios que cuenten con equipos técnicos y profesionales idóneos podrán emitir el Ce.Me.P.A.C.I. dentro de su territorio, respaldados en informes elaborados por especialistas en protección contra incendios. En este esquema, Bomberos seguirá disponible para brindar asesoramiento cuando sea necesario.
La reforma busca evitar duplicaciones, agilizar los tiempos administrativos y respetar la autonomía municipal, al mismo tiempo que fortalece la capacidad operativa de Bomberos al concentrar su labor en edificios de mayor riesgo o en zonas que no disponen de departamentos técnicos. Además, promueve la coordinación entre jurisdicciones, ya que la nueva redacción habilita a los municipios a solicitar asistencia técnica provincial cuando la complejidad del trámite lo requiera.
El proyecto incorpora modificaciones a varios artículos de la Ley 7499. Entre ellas, redefine el alcance del artículo 3 para determinar con precisión cuándo interviene Bomberos y en qué casos pueden actuar los municipios; actualiza el artículo 14 sobre habilitación provincial, vigencia del certificado y régimen de sanciones; e incorpora los artículos 14 bis y 14 ter, donde se amplían las competencias municipales y se detallan los supuestos en los cuales se requiere participación provincial por riesgo relevante.
Desde el Gobierno provincial se destacó que la propuesta logra equilibrar la intervención provincial y municipal, optimiza la gestión administrativa y fortalece la protección ciudadana a través de criterios técnicos uniformes y procedimientos más eficientes en todo el territorio.

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