
Desalojos del IPV: ¿Qué pasa con los viviendas canceladas pero vacías?
El Gobierno de Mendoza avanza con firmeza en la Legislatura provincial para aprobar una reforma clave sobre el Instituto Provincial de la Vivienda (IPV). El proyecto de ley busca agilizar la quita y desadjudicación de unidades habitacionales que registren irregularidades, poniendo el foco en la falta de pago y el abandono. Sin embargo, la iniciativa enciende alarmas entre los beneficiarios: ¿qué sucede legalmente si una vivienda ya fue pagada por completo pero se encuentra deshabitada?
La respuesta jurídica del organismo es tajante: el IPV no puede quitar ni desadjudicar una casa social que ya está totalmente cancelada, aun si no está habitada. Al haberse saldado la última cuota del plan de amortización, el inmueble sale del sistema de tutela social del Estado. El adjudicatario ha cumplido su obligación contractual principal, bloqueando cualquier potestad del organismo para revocar la adjudicación.
A pesar de la tranquilidad legal para quienes cancelaron su deuda, las autoridades recomiendan tramitar la escritura definitiva a la brevedad para consolidar el derecho absoluto de propiedad.

El escenario cambia drásticamente para aquellas propiedades que aún se están pagando. La reforma apunta directo contra los adjudicatarios que violen el fin social del beneficio, el cual exige por contrato que el inmueble sea de vivienda única, familiar y de ocupación efectiva y permanente.
Las causales explícitas que habilitarán la quita de la vivienda bajo el nuevo marco normativo incluyen:
Abandono o deshabitación prolongada sin justificación.
Falta de pago recurrente de las cuotas mensuales.
Subalquiler informal o destino comercial de la propiedad.
Publicación en plataformas de alquiler temporario (como Airbnb).
Transferencia ilegal mediante boletos de compraventa no autorizados
El núcleo del proyecto de ley radica en la desburocratización del proceso de recuperación. Hasta ahora, el IPV debía tramitar una homologación judicial previa para hacer efectiva una desadjudicación administrativa, un trámite que demoraba años en resoluciones de fondo.
La nueva legislación elimina la necesidad de homologación judicial previa, validando las resoluciones internas del IPV. Con este cambio, el organismo podrá acudir de forma directa a la Justicia de Paz local para ejecutar desalojos exprés, reduciendo los plazos a pocas semanas y permitiendo reasignar la vivienda de inmediato a las familias anotadas en el padrón que realmente la necesitan.


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