Diputados aprobaron el proyecto que formaliza legalmente la quita de viviendas

Se trata de la media sanción a la iniciativa que avala el accionar del IPV sobre el recupero de deudas y desalojo de adjudicatarios.
Mendoza03/06/2026 Click Redacción
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Melisa Martínez Malanca (UCR) 

La Cámara de Diputados dio media sanción a la iniciativa del Poder Ejecutivo por la que se modifican normativas que aceleran los procesos de desadjudicación y recuperación de viviendas sociales ante casos de falta de pago, abandono o uso irregular de los inmuebles. Son cambios en las leyes N° 4203 (funcionamiento del IPV) y N° 9001 (Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de Mendoza), respectivamente.

El IPV “es el organismo encargado de instrumentar la política de vivienda social en la provincia, y esta política reconoce como eje central el principio de función social de la propiedad, en virtud del cual las unidades habitacionales construidas o financiadas total o parcialmente por el Estado deben destinarse efectivamente a satisfacer necesidades habitacionales de sectores que no pueden acceder a soluciones en el mercado”, señala la fundamentación.

Todos los programas que desarrolla el Instituto de la Vivienda establecen como criterio de priorización a “los grupos familiares cuyos ingresos no superen los dos salarios mínimo vital y móvil, lo que marca un equilibrio  entre la  devolución del crédito y la asistencia social”, que necesariamente requiere de “un alto acatamiento  a las condiciones contractuales establecidas para poder  otorgar los beneficios habitacionales a nuevos beneficiarios”, añade el texto.

Por ende, agrega, el sistema de vivienda social se sustenta en el cumplimiento recíproco de obligaciones: el Estado facilita el acceso al hábitat y el beneficiario asume el compromiso de pago  y la  ocupación efectiva. “Este esquema exige un adecuado cumplimiento de las condiciones contractuales, a fin de garantizar la sostenibilidad del sistema  y la equitativa asignación de recursos públicos”.

En ese sentido, expone que sin perjuicio de ello, “se han detectado supuestos de incumplimiento por parte de los  beneficiarios, ya sea por mora persistente o por abandono  del inmueble, desnaturalizando la función social de la vivienda y perjudicando a miles de ciudadanos en lista de espera. Estos casos han derivado  en  procedimientos en los cuales se ha    resuelto la desadjudicación del plan de vivienda, siendo por ende necesaria la  recuperación efectiva del inmueble de una  manera  ágil  y eficiente para que esa  vivienda sea adjudicada a posibles  beneficiarios dispuestos a honrar los compromisos determinados por el lPV”.

Melisa Martínez Malanca (UCR), explicó que el proyecto “tiene un único espíritu que es la función social de la propiedad. Se le otorga una herramienta al Instituto Provincial de la Vivienda para que pueda proceder a iniciar la acción de desalojo para aquellos casos en donde se haya procedido a la desadjudicación de viviendas”, a lo que agregó que “es una respuesta efectiva a los sectores más vulnerados de la sociedad que no pueden acceder a una vivienda a través de las herramientas que brinda el mercado”.

Precisamente, la propuesta del Ejecutivo, plantea modificaciones a la Ley N° 4203 para permitir que el Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) “pueda iniciar juicios de desalojo en aquellos casos en los que exista una desadjudicación firme por incumplimiento de las obligaciones asumidas por los beneficiarios”. En tanto, las modificaciones a la Ley N° 9001, se refieren a adecuar los procedimientos vigentes a lo previsto en el Código Procesal Civil y Tributario, con el fin de acelerar los procesos de recupero. Además, propone que los desalojos impulsados por el IPV sean tramitados por la Justicia de Paz Letrada, al considerar que estos tribunales cuentan con mayor proximidad territorial y herramientas más ágiles para resolver procesos de menor complejidad.

Cintia Gomez (PRO) adelantó el voto positivo de su espacio puesto que “no es solamente una simple modificación técnica de articulados, sino que en realidad es una definición clara de qué tipo de Estado es el que queremos. Queremos un Estado competente, un Estado eficiente, donde por supuesto funcione con reglas claras y que haga cumplir la ley”. “El espíritu de este proyecto, trata de fortalecer la institucionalidad, de reafirmar el principio de igualdad ante la ley”, y “proteger el sentido de esta política pública tan importante que tiene que ver con las viviendas sociales”, afirmó.

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Hay cientos de adjudicatarios temen por la quita del inmueble ante la imposibilidad de pago

En sí, la normativa dispone sustituir el artículo 14 de la Ley Nº 4203. Este artículo establece que el Directorio del IPV “dictará, previa aprobación del Poder Ejecutivo, un reglamento que regula la determinación del precio de venta o alquiler de viviendas, sus reajustes y forma de pago, y las adjudicaciones y desadjudicaciones. En aquellos supuestos en los que el IPV haya resuelto una desadjudicación, podrá iniciar juicio de desalojo, el que se tramitará por la vía establecida en el Artículo 232, 237 concordantes y correlativos de la Ley Nº 9001.”

A su vez, entre los cambios más relevantes, se sustituye el punto 1 del inciso B) del apartado II del Artículo 5 del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de Mendoza, (Ley Nº 9001); y la incorporación del inciso m) al Artículo 232 de este mismo Código, en función de hacer mención a “desalojos derivados de contratos de locación o comodato, o entre usufructuante y usufructuario, y los fundados en resoluciones administrativas de desadjudicación emitidas por el Instituto Provincial de la Vivienda”; como así también “los supuestos” que se encuentran vinculados a la “restitución de inmuebles en caso de desadjudicaciones que emita por acto administrativo el Instituto Provincial de la Vivienda”.

Lo que se pretende, es optimizar el proceso de recuperación de viviendas sociales adjudicadas por el IPV, en casos de incumplimiento por parte de los beneficiarios; tratando de fortalecer el sistema habitacional y garantizar que las unidades financiadas por el Estado lleguen efectivamente a las familias que más las necesitan.

Los que se opusieron

El diputado Lucas Ilardo (FP), expresó por su parte el voto negativo señalando que había que “diferenciar al que no podía pagar por una situación particular de aquel que la alquila. Esto es lo razonable”, expresión que fue compartida por Germán Gómez (PJ), quien sostuvo que “caemos sobre la generalidad; con esto se pretende resolver un problema social, con una ley que solo busca acelerar procesos y no contempla situaciones particulares que deberían diferenciarse”.

En la misma línea, Verónica Valverde (PJ) indicó que “no vamos a acompañar este proyecto porque no han sido tenidas en cuenta nuestras sugerencias. Este tema necesita un debate técnico y serio”, a lo que Gabriela Lizana (FRMLN) añadió que “creemos en una intervención inteligente y eficiente del Estado. Hay mucha gente sin vivienda, y más allá de las posturas ideológicas debiéramos pensar en cómo solucionamos esta situación”.

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